TSC

Organización

  • PDF

Organización

El Tribunal tiene residencia en la capital y jurisdicción en toda la República, lo integran tres jueces propietarios y tres suplentes que duran seis años en sus cargos y son nombrados por el Consejo de Gobierno. Su estructura orgánica la completan una Actuaría, la Secretaría y la Dirección Administrativa, así como el personal técnico y administrativo que para el cabal cumplimiento de su función sea necesario, personal que está protegido por el Régimen de Servicio Civil. Para su efectivo funcionamiento se divide en dos áreas específicas: Área Sustantiva y Área Administrativa.

Además, por disposición del artículo 43 del Estatuto de Servicio Civil, cuenta con la colaboración técnica de la Dirección General de Servicio Civil, a la cual corresponde realizar el traslado e instrucción  del respectivo expediente.

Competencia Funcional

La competencia del Tribunal (regulada en los artículos 14, 47 y 190 de la mencionada ley 63 de su Reglamento, y sus reformas), consiste en el conocimiento:

  • En primera instancia de los casos de despido;
  • En única instancia de las reclamaciones que presenten los quejosos por disposiciones de la Dirección General;
  • En única instancia de las reclamaciones contra las disposiciones o resoluciones de los jefes que causen perjuicio;
  • Decretar en cualquier estado de la diligencias de gestión de despido, la suspensión provisional del servidor en el ejercicio del cargo (la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en reiteradas resoluciones ha indicado que la suspensión como media cautelar deberá decretarse con goce de salario);
  • Autorizar la reducción forzosa de servicios por falta de fondos o para lograr una eficaz y económica reorganización.
Nosotros Organización